En la compra de productos sanitarios, desde hace años, estamos ampliando la compra del producto a características y funcionalidades que van más allá del propio producto. Es un proceso que avanza, año tras año, aunque sin una reflexión profunda por parte de los compradores hospitalarios y seguramente llevados por los cambios tecnológicos y la competencia en la industria. Revisen los pliegos técnicos de licitación de los hospitales o centros sanitarios y observarán como, más allá del producto, solicitamos una serie de servicios y productos paralelos que completan las peticiones del concurso.

Sin ir más lejos, en la compra de la solución hidroalcohólica, un desinfectante de manos, incidimos en la importancia de la formación y el apoyo que recibíamos por parte del proveedor en este aspecto, los productos cumplen diversas UNE, tienen características y funcionalidades similares. ¿Qué compramos? ¿Una solución desinfectante? ¿Formación en lavado de manos? Seguramente quisiéramos comprar la garantía y certeza absoluta de adherencia a los protocolos sanitarios.

A consecuencia de esta tendencia, desde las unidades de compras de los hospitales nos hemos acercado al proceso asistencial, para ello ha sido imprescindible implicar a los profesionales sanitarios en la preparación de la oferta. Además, hemos creado diversas figuras desde los comités de adquisiciones o algún nombre similar, a la enfermera de recursos materiales entre otras acciones.

Una breve reflexión observaremos que los compradores buscamos muchas veces, además de la ventaja en aspectos económicos y financieros, facilidades en el proceso logístico y administrativo del circuito clásico necesidad-pedido-compra. En los centros sanitarios muchas veces más que una reducción del precio en sí debemos buscar una reducción de todo el proceso de aprovisionamiento y logístico hasta su punto de consumo. Así mismo es muy importante aspectos de uso y funcionalidad de los productos para nuestros profesionales de enfermería y facultativos, desde medidas sencillas de bioseguridad en el producto a formación específica de uso, colaboración en la implantación efectiva de los procedimientos que aseguran la efectividad del producto. Incluso en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, no considera imprescindible la aparición del precio como criterio de adjudicación, incluso para el sector sanitario en las disposiciones adicionales señala la valoración de aspectos de calidad y accesibilidad de los servicios desde la visión de los usuarios.

«Debemos buscar una reducción de el proceso de aprovisionamiento y logístico»

Así y todo, ha tenido mucha repercusión en prensa y los medios de comunicación por el volumen económico que han supuesto las macrosubastas de los servicios centrales sanitarios en medicamentos o productos sanitarios que, aparentemente, son fáciles de estandarizar, desde medicamentos hasta material fungible.

Las plataformas de compras para hospitales públicos se enfrentan así a dos retos muy importantes dentro del mundo sanitario:

1.- La consideración de aspectos más allá del precio, las condiciones del pedido y pago. Las plataformas facilitan enormemente el contacto entre compradores y proveedores, aunque la prudencia del cambio de productos en los centros sanitarios ¿quién ha cambiado de producto sin pedir antes una muestra o prueba?, más los aspectos que configuran la oferta más allá del precio deberían poder recogerse o como mínimo explicitarse. Por parte de los compradores, sería un ejercicio de transparencia y concreción de la necesidad que facilitaría la relación posterior. Por ello de entrada, más el punto que comentaré a continuación, nos llevan a que la utilidad percibida de las plataformas sean para prospectiva del mercado o la realización de compras menores, de bajo volumen económico.

2.- La aplicación de la ley de contratos. Aunque la citada ley es novedosa en los aspectos del uso de los medios electrónicos, de fomentar la competencia y la participación de PYMES, la realidad es que el entramado administrativo y funcionarial existente, así como la normativa estatal y autonómica dificulta enormemente el uso de estas plataformas, al menos de entrada. Sirva como ejemplo como todas y cada una de las administraciones han desarrollado su perfil del contratante electrónico en vez de agrupar o concentrarlo a nivel autonómico.

«Dos retos muy importantes: considerar aspectos más allá del precio y la aplicación de la ley de contratos»

Resumiendo, las plataformas de compra se enfrentan a un doble desafío. Deberán evolucionar a recoger aspectos más allá del precio y convencer de forma clara y contundente a la Administración que facilitan la aplicación de la nueva Ley de Contratos.

Sobre el autor…

  Ignasi Casas

Especialista en gestión y dirección sanitaria a lo largo de más de 20 años en la Sanidad Pública. Ha sido docente en la UIB, UOC, entre otras. Autor de un manual de dirección estratégica y diversos artículos. Licenciado en Física por la UAB y MBA en dirección y gestión de empresas por ESADE.

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